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El primero de septiembre es una fecha significativa en el país porque marca el inicio del periodo ordinario de sesiones del Congreso de la Unión, sin embargo, muchas personas se preguntan si este día está contemplado como feriado oficial dentro de la Ley Federal del Trabajo, lo que permitiría descansar con pago obligatorio.
De acuerdo con el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, existe un listado específico de días de descanso obligatorio en México. En esa relación aparecen fechas como el 1 de enero, el 5 de febrero, el 1 de mayo, el 16 de septiembre y el 20 de noviembre, entre otros. Sin embargo, el 1 de septiembre no se encuentra dentro de este catálogo de feriados.
Aunque no es considerado un día de descanso oficial, el 1 de septiembre es importante a nivel político y social, ya que corresponde a la entrega del Informe de Gobierno del presidente de la República, esta actividad ha generado la tradición de ubicar esa fecha como una jornada destacada, aunque sin repercusión en la vida laboral.
Días feriados confirmados por la ley
Entre los días de descanso obligatorio que sí reconoce la normativa mexicana se encuentran:
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1 de enero: Año Nuevo.
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5 de febrero: Constitución.
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1 de mayo: Día del Trabajo.
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16 de septiembre: Independencia.
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20 de noviembre: Revolución Mexicana.
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Además de otros que varían por procesos electorales o conmemoraciones especiales.
¿Qué pasa si se labora en día festivo?
La Ley Federal del Trabajo también establece que quienes trabajen en días oficiales deberán recibir un pago doble adicional a su salario diario, lo que significa en total un triple pago por la jornada. Este beneficio, sin embargo, no aplica al 1 de septiembre al no estar contemplado en la normativa.