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La Ciudad de México implementa cambios significativos en la regulación del tránsito, especialmente para vehículos eléctricos personales. La medida busca ordenar la circulación de scooters, bicicletas eléctricas y motos eléctricas, garantizando la seguridad de los conductores y peatones en un contexto donde este tipo de transporte urbano ha crecido de manera exponencial.
Se introduce la categoría de Vehículos Motorizados Eléctricos Personales (VEMEPE), que incluye scooters, bicicletas y motos eléctricas que superen los 25 km/h, tengan manubrio, motor eléctrico y al menos dos ruedas. Esta clasificación permite a las autoridades aplicar normas específicas y claras a estos vehículos, equiparándolos en gran medida con las motocicletas tradicionales.
Normas de circulación para los Vehículos Motorizados Eléctricos Personales en la CDMX
Los conductores de VEMEPE deberán respetar varias reglas de tránsito:
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No circular por ciclovías, banquetas ni carriles confinados.
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Mantener casco y luces encendidas mientras conducen.
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Cumplir con todas las normas de circulación aplicables a motocicletas de combustión.
Estas disposiciones buscan integrar de forma segura a los vehículos eléctricos en el flujo vehicular de la capital, reduciendo riesgos de accidentes y conflictos con otros usuarios de la vía.
Todos los vehículos eléctricos y motocicletas tradicionales deberán registrarse ante la Secretaría de Movilidad (Semovi). Este registro incluye la obtención de placas y tarjetas de circulación, permitiendo a las autoridades tener un control adecuado sobre los vehículos en circulación y asegurando que cumplan con los estándares de seguridad requeridos.
La reforma a la Ley de Movilidad que establece esta norma fue aprobada el 15 de agosto en el Congreso de la Ciudad de México. Con ello se crean definiciones claras sobre los vehículos eléctricos, los requisitos para circular y las responsabilidades de los conductores, marcando un paso importante hacia la modernización de la regulación del transporte urbano.