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La obtención del pasaporte cubano para menores de edad ha experimentado cambios importantes en los últimos años. En particular, la Instrucción 279 del 2023, emitida por el Tribunal Supremo Popular de Cuba, establece un nuevo procedimiento para aquellos casos en los que no hay acuerdo entre los padres o tutores.
En Cuba, los menores de edad necesitan la autorización de ambos padres para tramitar el pasaporte, sin embargo, cuando los progenitores no se ponen de acuerdo sobre esta autorización, surgen complicaciones legales que dificultan el proceso. La nueva Instrucción 279 busca regular estas situaciones, ofreciendo una solución a los casos en los que no hay consenso entre los padres, asegurando que el bienestar del menor siempre sea la prioridad.
Cuando los padres no logran llegar a un acuerdo sobre el pasaporte del menor, el Tribunal Supremo Popular toma la intervención en el proceso. La instrucción establece que será el tribunal quien, tras escuchar los argumentos de ambas partes, decida sobre la autorización del pasaporte, siempre en favor de la protección y los intereses del menor. Este enfoque judicial asegura que las decisiones se tomen de manera imparcial y enfocada en el bienestar infantil.
Para tomar una decisión justa, el tribunal considera varios factores clave relacionados con el bienestar y la seguridad del menor. Entre los puntos evaluados se incluyen:
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Determina quién será responsable de la tutela del menor en el país de destino y cuál será su lugar de residencia.
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Asegura que el menor contará con los derechos correspondientes en el país al que viaje.
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El tribunal evalúa si el viaje es temporal o permanente, y cómo afectará la vida del menor.
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Considera si las condiciones de vida y la situación en el país de destino son adecuadas para el menor.
Una vez que el tribunal emite su decisión, se notifica a los organismos pertinentes, como la Dirección de Identificación, Inmigración y Extranjería del Ministerio del Interior. Esta notificación asegura que todas las partes involucradas estén al tanto de la resolución y facilita la continuación del proceso para la obtención del pasaporte del menor, respetando la decisión tomada por el tribunal.