Los pensionados del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS) que residen en países como España, Portugal, Uruguay, Chile, Ecuador e Italia pueden continuar recibiendo sus pagos de pensión a pesar de estar fuera de Venezuela. Para ello, deben cumplir con ciertos requisitos y presentar la documentación necesaria que valide su estancia legal en el extranjero.
Documentación necesaria
Para garantizar el acceso a los beneficios económicos, los pensionados deben consignar los siguientes documentos:
1. Planilla "Censo de Pensionados - Pensión al Exterior": Debe ser presentada en original, con todos los datos completos, sin enmiendas y firmada por el pensionado(a).
2. Planilla "Carta Compromiso": Esta también debe ser presentada en original, sin enmiendas y firmada por el pensionado(a) con su huella dactilar.
Ambas planillas pueden descargarse desde la página web del IVSS en la sección de "Formularios", seleccionando la opción "Pensionados en el Exterior".
3. Registro Consular: Se requiere un registro vigente del censo de pensionados en el exterior, en original y con sello húmedo.
Además, dependiendo del país de residencia, se deben anexar ciertos documentos de identidad y comprobantes de apertura de cuenta bancaria:
• Chile: Fotocopia del Documento Registro Único Nacional (RUN) y comprobante de apertura de cuenta del Banco Estado.
• Ecuador: Fotocopia del Documento de Identidad Ecuatoriano y comprobante de apertura de cuenta del Banco Pacífico.
• España: Fotocopia del Documento Nacional de Identidad (DNI) y comprobante de apertura de cuenta del Banco Santander España.
• Italia: Fotocopia del Documento de Identidad Italiano y comprobante de apertura de cuenta del Banco Intesa San Paolo.
• Portugal: Fotocopia del Billete de Identidad (BI) y comprobante de apertura de cuenta del Banco Totta Santander.
• Uruguay: Fotocopia del Documento de Identidad Uruguayo y comprobante de apertura de cuenta del Banco BANDES Uruguay.
Consideraciones importantes
Es fundamental que los pensionados tengan en cuenta lo siguiente:
• Aquellos que sean clasificados para cobrar su pensión en su país de residencia recibirán el monto correspondiente a partir del mes en que se incorpore su solicitud. Hasta entonces, deberán seguir cobrando a través de un apoderado, ya que no se enviarán los montos acumulados en sus cuentas en Venezuela.
• La documentación solicitada debe estar completa y puede ser enviada a través de la Valija Diplomática del Consulado o por correo expreso a la dirección del IVSS en Caracas.
• Es obligatorio que los pensionados que cobran su pensión desde España, Portugal, Chile, Ecuador, Italia y Uruguay realicen un reporte anual correspondiente al mes de enero ante los Consulados para continuar recibiendo el beneficio.