El Departamento del Tesoro de Estados Unidos ha emitido una autorización temporal para la descarga de gas licuado de petróleo (GLP) en Venezuela. Esta medida se formaliza a través de la Licencia General No. 40D, emitida por la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC, por sus siglas en inglés), a pesar de las restricciones comerciales vigentes.
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La autorización estará en efecto hasta el 5 de septiembre de 2025, siempre que el GLP haya sido cargado en un buque antes del 7 de julio. Según el documento, esta licencia permite realizar “todas las transacciones que sean habituales y necesarias para la entrega y descarga de gas licuado de petróleo en Venezuela”, incluyendo aquellas que involucren al Gobierno de Venezuela y a Petróleos de Venezuela (Pdvsa).
Limitaciones impuestas
A pesar de la autorización, la licencia incluye varias limitaciones importantes. No se permite realizar pagos en especie de petróleo o productos derivados del petróleo, ni transacciones prohibidas por el VSR (Venezuelan Sanctions Regulations). Esto implica que no se podrán llevar a cabo transacciones con personas bloqueadas, salvo aquellas relacionadas directamente con Pdvsa o entidades donde esta tenga una participación significativa.
La Licencia General No. 40D reemplaza a la Licencia General No. 40C, que fue emitida en julio de 2024. A partir del 7 de julio de 2025, el contenido de la licencia anterior quedará sin efecto.
El Departamento del Tesoro ha aclarado que “nada de lo dispuesto en la presente licencia general exime a ninguna persona del cumplimiento de los requisitos de otros organismos federales”, incluyendo la Oficina de Industria y Seguridad del Departamento de Comercio. Esto resalta la necesidad de adherirse a otras regulaciones que puedan aplicar en el contexto de las transacciones comerciales con Venezuela.