Real Madrid va nuevamente a juicio por ruido en el Santiago Bernabéu

Viernes, 20 de febrero de 2026 a las 08:59 am

Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) reabre proceso judicial tras exceso de ruido en el mítico estadio

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El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha ordenado reabrir el proceso judicial por el exceso de ruido derivado de los conciertos celebrados en el Estadio Santiago Bernabéu, recinto del Real Madrid, al estimar el recurso de apelación presentado por la Asociación Vecinal de Perjudicados por el Bernabéu.

La decisión supone un nuevo paso en la controversia por los espectáculos musicales organizados en el recinto. En el auto, al que tuvo acceso EFE, la sala revoca la inadmisión previa de la impugnación vecinal contra la celebración de estos eventos, que había sido planteada ante el Ayuntamiento de Madrid, encabezado por el alcalde José Luis Martínez-Almeida. El tribunal considera que el recurso debía ser analizado en profundidad.

La resolución parte de un fallo anterior en el que un juzgado entendió que la petición vecinal era solo una “consulta” sobre el Plan Especial de Mejora del Medio Urbano y de Ordenación del Estadio y sobre las licencias concedidas al Real Madrid. Sin embargo, el TSJM sostiene que no se trata de una mera solicitud informativa, sino que plantea posibles vulneraciones del ordenamiento urbanístico, y rechaza la respuesta emitida por la Agencia de Actividades de Madrid el pasado 7 de febrero del presente año.

Caso por exceso de ruido en el Santiago Bernabéu

El caso se originó en una querella presentada por la Asociación Vecinal de Perjudicados por el Bernabéu (AVPB), que denuncia que los eventos musicales de 2024 (incluyendo actuaciones de artistas como Taylor Swift) superaron repetidamente los límites de ruido permitidos por la normativa municipal de Madrid. Los vecinos alegan contaminación acústica que afecta su salud y calidad de vida, ya que el estadio está en una zona residencial.

Por tanto, se desprende la no concurrencia de la causa de la inadmisibilidad acogida por el auto apelado y, por tanto, procede la íntegra estimación del recurso de apelación", comentó el TSJM.
 

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