Se armó un limpio: Extienden exoneración del IGTF a varias transacciones

El IGTF es una ley que data desde marzo de 2022 a los pagos con moneda extranjera en efectivo

Viernes, 23 de febrero de 2024 a las 10:45 pm
Se armó un limpio: Extienden exoneración del IGTF a varias transacciones
Suscríbete a nuestros canales

El Gobierno de Venezuela ha decidido exonerar el Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras (IGTF) en diversas operaciones relacionadas con la compra, venta y transferencia de la custodia en títulos de valores emitidos o avalados en el país o el Banco Central de Venezuela (BCV). 

Según la Gaceta Oficial n.º 42.823 con fecha de 21 de febrero de 2024 y  Decreto Presidencial n.º 4.924, la medida también abarca los débitos o retiros asociados a la liquidación del capital o intereses de estos títulos, así como aquellos negociados en bolsas de valores y bolsas agrícolas, siempre y cuando se realicen en moneda distinta a la de curso legal en Venezuela, es decir cualquier divisa.

Mientra que las bolsas de valores nacionales, la bolsa agrícola y los intermediarios bursátiles autorizados deberán informar a la Gerencia de Recaudación del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) sobre las cuentas o billeteras que utilizarán para procesar las operaciones de adquisición de títulos, declarando bajo fe de juramento que las mismas serán destinadas únicamente a la realización de las referidas operaciones.

¿Cómo acceder a la exoneración del IGTF en Venezuela?

Esta medida entrará en vigencia a partir del 26 de febrero de 2024 y estará activa hasta la misma fecha en 2025, con la intención de proporcionar un impulso a las inversiones y desarrollo económico del país. Los adquirientes deben presentar ante los bancos y demás instituciones financieras los siguientes recaudos:

1.- Documento emitido por los intermediarios autorizados para realizar operaciones en la bolsa de valores, en el cual se señale:

a.- Número de la operación asignado por la correspondiente bolsa de valores.

b.- Los títulos negociados.

c.- El corredor intermediario.

d.- El monto de la operación.

e.- El adquiriente de los títulos, acompañado del documento que avale la transacción emitido por la bolsa de valores respectiva.

2.- Declaración Jurada en la que conste que el débito en cuenta o billetera se efectúa exclusivamente para la adquisición de títulos o bonos emitidos o avalados por la República o el Banco Central de Venezuela, acompañada de la confirmación por la transferencia de los títulos emitida por los intermediarios.

La normativa indicó que no están sujetas al pago del impuesto las siguientes operaciones:

  • Operaciones cambiarias realizadas por personas naturales y jurídicas
  • Pagos en bolívares con tarjetas de débito o crédito nacionales desde cuentas en divisas, a través de puntos de pago debidamente autorizados por las autoridades competentes, salvo los realizados por los sujetos pasivos especiales
  • Pagos en moneda distinta a la de curso legal en el país, realizados a personas naturales, jurídicas y entidades económicas sin personalidad jurídica que no están calificados como sujetos pasivos especiales
  • Las remesas enviadas desde el exterior a través de instituciones autorizadas para el efecto.

Recordemos que el IGTF es una ley que data desde marzo de 2022 a los pagos con moneda extranjera en efectivo, cuya alícuota es de 3%. Esta medida fue la forma del Estado de captar la abrumadora circulación de facto del dólar y el euro durante la pandemia de Covid-19 impulsada por los ciudadanos, por la falta de bolívares y la hiperinflación, pero que tuvo una variante positiva que fue la dinamización de la economía de forma temporal.

Últimas noticias


FARÁNDULA


HIPISMO


TEMAS DE HOY:
Jueves 17 de Julio de 2025
VE
Escoge tu edición de meridiano.net favorita
VE (Venezuela)
US (USA)
Nacionales