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COV se expone a veto internacional por supuesta intervención gubernamental

Lunes, 20 de diciembre de 2021 a las 02:12 pm

Redacción Meridiano

El pasado 7 de diciembre se realizó, en la sede del Comité Olímpico Venezolano, la Asamblea General Extraordinaria para el nombramiento de la Comisión encargada del proceso electoral para elegir la Junta Directiva, Consejo de Honor y Consejo Contralor para el período 2022- 2026, de la magna casa del deporte venezolano.

A los pocos días, la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ordenó de forma inmediata la suspensión de efectos de la asamblea que designó la Comisión Electoral del Comité Olímpico Venezolano.

En caso de que el COI entienda que el COV atraviesa “una intervención gubernamental” se expone al veto del Comité Olímpico Internacional y perder la representación de atletas en eventos mundiales.

¿Cuándo serán las elecciones?

El Poder Judicial estableció el día 5 de enero de 2022, la fecha de los comicios de la máxima agrupación del país, y ordenó la conformación de las planchas que se medirán en la cita de ese día.

Esta suspensión llegó luego de que, tal y como expresó el TSJ, los ciudadanos Yoel José Pérez, Nayibet Mercedez López Garantan y Edgar Ramón Muñoz Mata, identificados, como presidentes de la Federación Venezolana de Remo, de la Federación Venezolana de Pelota Vasca y de la Federación Venezolana de Boxeo, interpusieran un amparo en contra de los celebración de la asamblea.

De igual forma el TSJ ordenó también a la “Comisión Electoral Ad-Hoc”, dentro de los dos días continuos siguientes a su instalación, cumplir con el mandato de levantar el padrón Electoral que servirá de base para el proceso de autoridades del Comité Olímpico Venezolano.

Según dicta la sentencia, dentro de los dos días continuos siguientes al vencimiento del anterior plazo, se procedería a la apertura del lapso de inscripción las postulaciones respectivas.

El COV se manifiesta

Ante dicha sentencia el presidente del Comité Olímpico Venezolano, Eduardo Álvarez y su junta directiva enviaron el pasado 18 de diciembre una carta “urgente” al Comité Olímpico Internacional, en la cual “informan que la mencionada sentencia, constituye una clara injerencia e intervención en los asuntos propios del Comité Olímpico Venezolano, a tenor de lo establecido en los puntos 5 y 6 de la Carta Olímpica, Principios Fundamentales del Olimpismo.

Álvarez y su comitiva señalan en la carta que las normas “precitadas guardan estricto apego a acatamiento a lo dispuesto en el artículo 1 del Estatuto del Comité Olímpico Venezolano, que establece: afiliado Comité Olímpico Internacional (COI), por lo cual se apega a las normas y el espíritu de la Carta Olímpica y se somete al dictamen de la Corte Internacional de Arbitraje para el Deporte en Lausanne – Suiza para solucionar cualquier discrepancia surgida en Comité Olímpico Venezolano”.

Otros organismos se expresan

Ante tal situación, diversas organizaciones deportivas de Latinoamérica como Odebo (Organización Deportiva Bolivariana) y Centro Caribe Sports fijaron posición sobre el caso de COV y el TSJ.

Ambas organizaciones rechazaron cualquier intervención o injerencia, tal y como lo prevé la Carta Olímpica, además de la misión y función de un Comité Olímpico Nacional (CON), que en su Artículo 27, establece: “Los CON deben de preservar su autonomía y resistirse a todas las presiones, incluyendo pero no exclusivamente las presiones políticas, jurídicas, religiosas y económicas, que podrían impedirles ajustarse a la Carta Olímpica”.

En caso de que el COI entienda que el COV atraviesa “una intervención gubernamental” se expone al veto del Comité Olímpico Internacional y perder la representación de atletas en eventos mundiales.

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