En Perú, los ciudadanos venezolanos que poseen el Carné de Permiso Temporal de Permanencia (CPP) deben actualizar su estatus migratorio para obtener el Carnet de Extranjería en el plazo de un año, a fin de convertirse en residentes legales. Según la Superintendencia Nacional de Migraciones, más de 114.000 venezolanos no han realizado este cambio, manteniendo un estatus temporal ante las autoridades peruanas.
NOTAS RELACIONADAS
El cambio de CPP a Carnet de Extranjería es obligatorio porque el CPP es un documento no renovable con una validez de un año. Aquellos que no realicen este trámite dentro del plazo establecido enfrentarán sanciones económicas. Una vez vencido el CPP, los migrantes deben solicitar su residencia para evitar problemas legales. La multa por no cumplir con este requisito se aplica diariamente desde el primer día posterior al vencimiento del CPP.
Costos de la multa diaria
La multa diaria por no cambiar el CPP a Carnet de Extranjería es del 0,10% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), que en 2024 equivale a S./5.150 (aproximadamente $1.400). Esto resulta en una multa de S./5.15 diarios. Si un migrante deja pasar un mes sin regularizar su situación, la multa acumulada sería de S./154, y si el retraso se extiende a seis meses, la sanción ascendería a S./927.
Consecuencias de la situación migratoria irregular
Además de las multas económicas, los venezolanos que no actualicen su CPP a Carnet de Extranjería caerán en una situación migratoria irregular. Dado que el CPP dejó de emitirse en octubre de 2023, no es posible renovarlo. Si los migrantes no regularizan su estatus migratorio, podrían enfrentar una resolución de salida obligatoria del país. Es crucial iniciar el procedimiento administrativo correspondiente para evitar estas consecuencias.
Opciones para cambiar la calidad migratoria
Los venezolanos con CPP tienen varias opciones para cambiar su calidad migratoria y obtener el Carnet de Extranjería, dependiendo de su situación en Perú:
-
Especial residente: La mayoría de los venezolanos pueden optar por esta categoría, que es prorrogable por un año y no requiere contrato de trabajo.
-
Formación residente: Diseñada para estudiantes, con un carnet prorrogable por un año.
-
Familiar residente: Para familiares directos de un residente con carnet de extranjería, con un carnet prorrogable por dos años.
-
Trabajador dependiente o independiente: Para aquellos con contrato de trabajo o locación de servicios, con un carnet prorrogable por la duración del contrato.