En Estados Unidos, se estima que alrededor de 5.9 millones de ciudadanos estadounidenses tienen padres que se encuentran en situación migratoria irregular. Muchas familias se preguntan si un hijo ciudadano puede solicitar y ayudar a legalizar el estatus migratorio de sus padres indocumentados.
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La respuesta es sí, pero es fundamental comprender que cada caso es único y complejo, por lo que se recomienda siempre buscar asesoramiento legal especializado antes de iniciar cualquier trámite.
¿A qué edad puede un hijo ciudadano puede pedir a sus padres indocumentados?
La edad mínima para que un hijo ciudadano pueda presentar una solicitud de residencia para sus padres es de 21 años. Es importante tener en cuenta que, si el padre indocumentado permanece en los Estados Unidos durante ese tiempo sin un estatus legal, corre el riesgo de ser deportado por las autoridades de inmigración.
Tener un hijo ciudadano de 21 años no garantiza la aprobación de la solicitud, por lo que es esencial cumplir con otros requisitos adicionales para evitar posibles consecuencias legales.
¿Qué es la ley de "castigo" de 3 y 10 años?
Esta ley se aplica a las personas que han estado ilegalmente en los Estados Unidos entre 180 y 384 días corridos. Para estos casos, existe una prohibición de reingreso al país por un período de tres años. La sanción aumenta a 10 años para quienes hayan permanecido sin estatus migratorio legal por más de 385 días.
¿Cómo evitar el "castigo" de 3 o 10 años?
Para que un hijo ciudadano mayor de 21 años pueda regularizar la situación migratoria de sus padres sin que ellos sufran las consecuencias de la ley de "castigo", es necesario que se cumpla al menos una de las siguientes condiciones:
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Los padres ingresaron a los Estados Unidos legalmente con un permiso o visa (incluso si ha expirado) y tienen el comprobante.
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Están amparados por la sección 245-i: esta ley protege a las personas que iniciaron un proceso de residencia bajo la Ley 245 a través de un padre, hermano o cónyuge antes de abril de 2001.
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Tienen un hijo de al menos 18 años alistado en el ejército o un cónyuge veterano del ejército. En este caso, pueden solicitar un "Parole in Place".
Requisitos generales para solicitar la residencia de padres indocumentados
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Relación familiar: el solicitante debe demostrar un vínculo familiar directo con los padres que desea patrocinar. Para ello, se requieren actas de nacimiento que comprueben la filiación.
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Edad del solicitante: el hijo ciudadano debe ser mayor de 21 años para presentar la petición.
- Estatus legal del solicitante: el hijo debe ser residente legal permanente o ciudadano estadounidense.
- Sostenibilidad económica: el solicitante debe demostrar que cuenta con los medios económicos para mantener a sus padres una vez que obtengan la residencia permanente. Esto se hace mediante la presentación del Formulario I-864, Declaración Jurada de Patrocinio Económico.
- Pago de tarifas y presentación de documentos: además de los formularios requeridos, se deben pagar las tarifas correspondientes y presentar toda la documentación necesaria según las instrucciones del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS).
Procedimiento para solicitar la residencia de padres indocumentados
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Presentación de la petición: el hijo ciudadano debe presentar el Formulario I-130, Petición para Familiar Extranjero, ante el USCIS. Este formulario debe ir acompañado de todas las pruebas de parentesco y los documentos que respalden la elegibilidad del solicitante.
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Procesamiento de la petición: una vez recibida, el USCIS revisará la solicitud y, si la aprueba, la enviará al Centro Nacional de Visas (NVC) para su posterior procesamiento.
- Entrevista consular: los padres del solicitante deberán asistir a una entrevista consular en la embajada o consulado de Estados Unidos en su país de origen. Durante esta entrevista, se evaluará su elegibilidad para obtener la residencia permanente.
- Emisión de la visa de inmigrante: si la solicitud es aprobada, se emitirá una visa de inmigrante a los padres, permitiéndoles ingresar a los Estados Unidos como residentes permanentes legales.