LIDOM: Senado dominicano aprueba proyecto de ley para regular firma de prospectos

Dicho estatuto llega poco después de la muerte del jugador de 14 años, Ismael Ureña Pérez, a quien, supuestamente, le inyectaron esteroides de animales

Por Meridiano

Miércoles, 27 de noviembre de 2024 a las 11:00 pm
LIDOM: Senado dominicano aprueba proyecto de ley para regular firma de prospectos
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El congreso de la República Dominicana aprobó este miércoles un proyecto de ley que regula la relación contractual de la Grandes Ligas con los prospectos que hacen vida en las academias del país antillano.

La normativa, remitida por el Poder Ejecutivo, establece la naturaleza jurídica de la relación contractual entre los equipos de la Major League Baseball (MLB) y los prospectos contratados, con el fin de su entrenamiento, capacitación y participación en torneos de béisbol entre academias.

Dicho estatuto llega poco después de la muerte del jugador de 14 años, Ismael Ureña Pérez, a quien, supuestamente, le inyectaron esteroides de animales, el Gobierno ha tomado carta en el asunto. Ya ayer, martes, el Ministerio de Deportes emplazó a todas las academias independientes a inscribirse en la Dirección del Comisionado Nacional de Béisbol. 

Según el artículo 5, los equipos de la Grandes Ligas estarán obligados a capacitar deportivamente a los jugadores, tener técnicos especializados, tener instalaciones limpias y cómodas, dar alimentación adecuada, aplicar programa de educación y brindar asistencia médica y formación integral.

La pieza, aprobada a unanimidad por los 20 senadores presentes, obliga a la MLB a dar a los jugadores una suma de dinero, así como cubrir su dieta diaria y necesidades básicas.

De igual manera, el artículo 6 cita que los jugadores estarán obligados a estar en condiciones físicas de primera clase, tener una buena conducta personal y deportiva, participar activamente en los programas deportivos, educativos y de formación que ofrecen sus equipos, respetar las normas de MLB y cumplir fielmente con el programa de entrenamiento y las directrices de sus entrenadores.

En el caso de un menor de edad, el artículo 8 precisa que el pacto será con el consentimiento de los padres o tutores con el equipo, y que no se permite firmar a menores de 16 años. 

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