IVSS: Así puedes tramitar la Pensión por Sobreviviente en pocos pasos y desde cualquier oficina

El tiempo para obtener una respuesta por parte del IVSS dependerá de la complejidad del caso y de si los documentos fueron entregados correctamente.

Miércoles, 04 de junio de 2025 a las 08:05 pm
Pensión por Sobreviviente
Foto: Cortesía
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El Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS) brinda la Pensión por Sobreviviente como una ayuda económica dirigida a familiares del asegurado fallecido. Este beneficio busca respaldar financieramente a quienes quedan en situación de vulnerabilidad, especialmente si la persona fallecida era el principal proveedor del hogar. 

Una de las ventajas más destacadas de este procedimiento es que puede gestionarse en cualquiera de las 48 oficinas administrativas del IVSS a nivel nacional. No importa en qué estado resida el solicitante, lo que facilita y descentraliza el acceso a este derecho, esta flexibilidad busca eliminar barreras territoriales y agilizar la atención a los ciudadanos.

Condiciones que debe cumplir el asegurado

Para que el IVSS apruebe esta pensión, es indispensable que el asegurado haya cumplido ciertas condiciones:

  • Contar con al menos 750 cotizaciones semanales ante el Seguro Social.

  • Haber fallecido a causa de un accidente laboral mientras estaba asegurado.

  • Cumplir con las normas establecidas en cuanto a causas de muerte y vínculo con el sistema.

Personas que pueden recibir la pensión

La ley establece claramente quiénes pueden ser beneficiarios de la Pensión por Sobreviviente. Según las normas del IVSS, los siguientes familiares pueden solicitarla:

  • Cónyuge o concubina(o) del asegurado.

  • Hijos menores de 14 años.

  • Hijos mayores de 14 años si presentan alguna discapacidad o si estudian formalmente (hasta los 18 años).

  • Padres del asegurado, en ausencia de beneficiarios directos.

 

Recaudos que deben presentarse

Para iniciar el trámite ante el IVSS, es fundamental contar con una serie de documentos. Entre los más importantes se encuentran:

  • Planilla de solicitud (Forma 14-04) en dos ejemplares.

  • Constancia de trabajo del fallecido (Forma 14-100).

  • Acta de defunción (de ser necesario)

  • Cédulas de identidad de todos los involucrados.

  • Acta de matrimonio o prueba de concubinato (si aplica).

  • Partidas de nacimiento de los hijos y certificados médicos en caso de discapacidad.

  • Gaceta Oficial para solicitantes nacionalizados.

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