Banplus ofrece créditos para la adquisición de vehículos (+Requisitos)

Se trata de una excelente alternativa en medio del contexto económico que atraviesa el país

Por Meridiano

Domingo, 03 de marzo de 2024 a las 11:25 am
Banplus ofrece créditos para la adquisición de vehículos (+Requisitos)
Foto: Referencial / Cortesía
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Actualmente, la institución financiera BanPlus ofrece un plan crediticio para que sus clientes puedan adquirir un vehículo nuevo de marcas reconocidas, tales como: Ford, Toyota, Hynduai, entre otras. 
La iniciativa está disponible en el territorio nacional, y los solicitantes pueden financiar un 70% del total del costo del vehículo. En este sentido, las personas naturales tienen un plazo de 24 meses para completar el pago, y las personas jurídicas hasta 12 meses. 

Cabe destacar que este plan crediticio aplica únicamente para los concesionarios que son aliados comerciales de la entidad bancaria, destacándose: Distribuidora Lumosa, Auto King, Dipromuro, Autoclub Los Ruices, Maripérez Motors, Toyota Ávila, Premier Motors, Toyosol, Toyokelly y Toyota Margarita. 
¿Cuáles son los requisitos para optar por el crédito del vehículo? 
Las personas que deseen obtener los planes de financiamiento, deben consignar una serie de recaudos que te detallamos: 

  • Original de la Planilla “Solicitud de Crédito”, la cual debe estar firmada por el solicitante. 
  • Original de la Planilla “Ficha de información persona natural para crédito de vehículo”, también firmada por el cliente. 
  • Copia de Registro de Información Fiscal (RIF) vigente. 
  • Si aplica, copia de Cédula de Identidad del cónyuge. 
  • Fotocopia simple del Balance Personal con una antigüedad no mayor a seis meses a la fecha de solicitud del crédito. Además, debe estar firmado por un contador público colegiado. 
  • Constancia de trabajo original que incluye el ingreso mensual y anual, emitida recientemente. 
  • En caso de ser profesional de libre ejercicio o accionista de una empresa, es necesario que presente la copia de certificación de ingresos mensuales y anuales por un contador público colegiado, con un máximo 90 días de emitida. 
  • Copia de la última Declaración del Impuesto Sobre la Renta (ISLR), que debe incluir Certificación de Declaración y Pago o Certificación de Constancia de No Declaración del ISLR, si aplica. 
  • Últimos tres estados de cuenta mensuales, en los que pueda apreciarse los ingresos declarados. 
  • (1) Referencia bancaria que contemple créditos, si aplica. 
  • Copia de poder en los casos que aplique. El mismo debe ser emitido dos años previos a la solicitud o en su defecto, copia certificada actualizada del poder. 

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