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Fútbol Internacional

Barcelona hizo un uso ilegal de las palancas

El TAS ha dado la razón a la UEFA en su conflicto con el conjunto azulgrana por la incorrecta clasificación de ingresos en 2023

Viernes, 18 de octubre de 2024 a las 07:45 am
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El Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) ha dado la razón a la UEFA en su conflicto con el FC Barcelona por la incorrecta clasificación de ingresos en 2023. El club vendió el 25% (un 15% en 2021-2022 y otro 10% en 2022-2023) de sus derechos televisivos a Sixth Street, lo que presentó como ingreso operativo ordinario, a pesar de tratarse de una venta extraordinaria. Esta maniobra buscaba maquillar los balances financieros y evitar incumplir las normas del Fair Play Financiero. 

El club azulgrana declaró erróneamente los beneficios de los derechos audiovisuales en el ejercicio de 2022.

La Cámara de Apelaciones del Órgano de Control Financiero de Clubes de la UEFA decidió que el Barcelona violó intencionadamente las normas y reglamentos aplicables y, confirmando la decisión y sancionó al Barcelona con una multa de 500.000 euros.

El fallo concluye que la violación fue deliberada, rechazando el argumento del club presidido por Joan Laporta sobre la necesidad económica como justificación, según el TAS. “La gestión adecuada de los gastos podría haber evitado la situación actual”, lo que deja en evidencia los problemas de planificación financiera del Barcelona en los últimos años. 

UEFA solicita confirmación de la decisión apelada

1. Se desestima el recurso interpuesto el 22 de enero de 2024 por el Futbol Club Barcelona contra la resolución dictada el 30 de octubre de 2023 por la Sala de Apelaciones del Órgano de Control Financiero la UEFA.

Los costes del arbitraje, que serán determinados y notificados a las Partes por la Secretaría del Tribunal del TAS, serán asumidos íntegramente por el Fútbol Club Barcelona.

El Barcelona soportará sus propias costas y pagará una contribución a los honorarios legales y otros gastos incurridos por la UEFA en relación con este procedimiento de arbitraje por la cantidad de CHF 10.000 (diez mil francos suizos).

5. Se desestiman todas las demás mociones u oraciones de reparación adicionales.

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